Calculadora

Calculadora de multa por no registrar la jornada

Multa máxima posible—
Multa mínima
—
Rango en UMA
250 a 5,000 UMA

Resultado informativo con valores de 2026. Para casos específicos confirma con tu asesor laboral o contable.

¿Por qué existe esta multa?

La reforma a la LFT publicada en el DOF el 1 de mayo de 2026 obliga a todo patrón a registrar de forma electrónica el inicio y el fin de la jornada de cada trabajador y a entregarlo a la autoridad cuando lo pida. No tenerlo es una infracción que se sanciona con base en el art. 994. Las reglas técnicas de la STPS siguen pendientes, pero la obligación ya tiene fecha.

Lee qué se sanciona y cómo evitarlo o la guía completa del registro electrónico de jornada.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo pueden multar por no registrar la jornada?

La obligación del registro electrónico de jornada (art. 132, fr. XXXIV de la LFT) aplica desde el 1 de enero de 2027.

¿De cuánto es la multa?

De 250 a 5,000 veces la UMA. Con la UMA 2026 ($117.31 diarios) va de $29,327.50 a $586,550.00.

¿Quién decide el monto de la multa?

La autoridad laboral fija el monto dentro del rango considerando, entre otros factores, la gravedad de la falta, el tamaño de la empresa y si hay reincidencia.

Cumple con la nueva LFT antes de 2027

Turno registra la jornada de tu equipo desde la app, un kiosko o un QR, y la deja lista para nómina y para la autoridad.

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